miércoles, 28 de noviembre de 2012

25 de Noviembre - Mujeres de Negro

EL 25 de NOviembre las Mujeres de Uruguay mostraron su repudio y lucha contra la violencia hacia la Mujer en el Día Internacional.

Este colectivo de Mujeres y de familiares de mujeres víctimas de la violencia no deja de mostrar y marchar en sus performanc en silencio.
 

Día Internacional de lucha contra la violencia hacia la mujer

Fecha: 22/11/2012
Autor: Inmujeres
(Ya que UAFRO es parte del De INMUJERES nos aderimos a su declaración)

Asumimos esta fecha como un día de balances y desafíos hacia la erradicación de la violencia hacia las mujeres.
Para ello es necesario reconocer el proceso que hemos transitado en las últimas décadas, que ha permitido que la violencia hacia las mujeres forme parte de la agenda pública, como uno de los principales temas de preocupación.
La generación de normativa a nivel internacional y la posterior aprobación a nivel nacional de la Ley 16.707 de Seguridad Ciudadana que tipifica la Violencia Doméstica como delito y la Ley 17.514 de Violencia Doméstica, constituyen el marco jurídico específico para la prevención e intervención en esta temática.
Este ha sido un punto de partida para el diseño e implementación de políticas públicas orientadas a dar respuesta a esta grave problemática que nos involucra y nos interpela a todos y todas.
Pero no solo eso, ha sido también un punto de partida conceptual, desde un enfoque de género, que ha reconocido que la violencia que sufren las mujeres es la expresión más extrema de la discriminación que viven sólo por el hecho de ser mujeres. Los valores, creencias y los patrones de comportamiento que sustentan esta discriminación, se ponen en tela de juicio, obligándonos a revisar las relaciones de poder entre los géneros.
La erradicación de la violencia en Uruguay es un imperativo insoslayable. La dimensión y la gravedad del problema nos hace responsables como sociedad, como parte del Estado, de profundizar y mejorar las respuestas existentes, ya que entendemos que, a pesar de los avances y los esfuerzos realizados, la respuesta sigue siendo insuficiente y el problema aún persiste.
Desde el Instituto Nacional de las Mujeres del Ministerio de Desarrollo Social renovamos nuestro compromismo con esta temática y los y las invitamos un año más a sumarse a esta lucha.

sábado, 17 de noviembre de 2012

Curso de Capacitación e Inserción Laboral - OPERADOR METALÚRGICO


Becas de apoyo económico para Estudiantes Afrodescendientes

Fuente: Ministeriode Educación y Cultura (Dra. Alicia Saura)
¿Qué objetivos tiene la beca?
La beca tiene como objetivos promover la inclusión social a partir del apoyo a la universalización de la Educación Media, facilitando el acceso y la continuidad educativa como también la reinserción al Sistema Educativo a aquellos estudiantes que participan en otros programas.
¿A quien está dirigida?
Dirigida a estudiantes de Educación Pública Media básica o Media superior. Es decir, a estudiantes que cursen o ingresen a Educación Secundaria, Educación Técnico Profesional /UTU y su condición socioeconómica así lo requiera.
¿Cuándo es el plazo para inscribirse y como se realiza la inscripción?
Debe llenarse el formulario ONLINE disponible en www.educacion.mec.gub.uy a partir del 20 de noviembre y hasta el 1 de marzo de 2013.
Cada Centro tiene un referente el cual sigue y apoya a aquellos estudiantes interesados en llenar el formulario y postularse a la beca. A su vez existe un referente específico en cada Comisión Departamental de Educación.
¿Quién recepciona la documentación que debe presentar la familia, a dónde y quién la envía?
El estudiante debe entregar la documentación requerida conjuntamente con la constancia que imprime luego de haber finalizado la solicitud de beca, en el centro educativo donde esta inscripto/a en el año 2013.
El centro educativo realizará un informe socio económico de la familia y del proceso educativo del estudiante y enviará un listado con orden de prelación a la Comisión Departamental de Educación.
¿De que depende la selección y adjudicación?
Las Comisiones Departamentales de Educación tendrán en cuenta para la adjudicación de las becas la situación socioeconómica de la familia donde el ingreso familiar no puede superar 2 Bases de Prestaciones y Contribuciones per cápita (actualmente $4834) y la escolaridad del estudiante.
La Comisión Nacional estudia y aprueba aquellas solicitudes de becas remitidas por las Comisiones Departamentales de Educación que funcionan en cada Departamento y a su vez articula los sistemas de becas y apoyos a estudiantes.
La beca consta de 4 pagos bimestrales: abril-mayo; junio-julio; agosto-setiembre y octubre-noviembre, para los estudiantes de Educación Media Básica el pago anual es de $ 6.400 y para los estudiantes de Educación Media Superior es de $ 8.000. Para el cobro de la beca el centro educativo deberá confirmar la asistencia de los estudiantes beneficiarios antes de cada cobro en los meses de junio, agosto y octubre y la escolaridad del estudiante.
¿Cómo se comunica el resultado de la selección?
La Oficina de Becas informará a las Comisiones Departamentales de Educación los nombres de los estudiantes beneficiarios de la beca para que lo comuniquen a los centros educativos de su departamento.
Los estudiantes beneficiarios de la beca firmarán un Acuerdo Centro educativo-estudiante-familia.
Las fechas de pago se comunicarán a cada Comisión Departamental de Educación y estas a los centros educativos de su departamento.
A su vez, la información necesaria estará disponible en www.educacion.mec.gub.uy o comunicándose al teléfono 2915 8536.

Congreso Nacional de Antropología

El 09 de Noviembre se realizo el Congreso Nacional de Antropología, en donde nuestra compañera de UAFRO realizo su ponencia Identidades étnicas dentro (y fuera) del sistema educativo.

por: Valentina Berna

Título: Identidades étnicas dentro (y fuera) del sistema educativo
Palabras clave: afrodescendencia, sistema educativo, identidad(es)
 
Resumen:
La trata transatlántica de africanos y africanas tiene aún implicancias en nuestro presente nacional. Como parte del legado de la esclavitud, la población afrodescendiente es víctima hoy del racismo institucional y de la discriminación racial que, con audaz capacidad de adaptación y sutileza, perpetúan la exclusión -instaurada en la época colonial-en un contexto democrático.
Como en otros ámbitos del escenario nacional, las desigualdades étnicas se manifiestan y reproducen en el sistema educativo uruguayo. La sobrerepresentatividad de afrodescendientes en lo que refiere a fenómenos como rezago estudiantil, repetición y faltas son algunas formas de evidenciar el posterior abandono temprano; consecuentemente la población afrodescendiente presenta menores niveles de educación formal que la población no afro.
Estos son parte de algunos efectos medibles y cuantificables de la inequidad étnica, no obstante es menester preguntarse cuáles son las partes invisibles que ciclicamente originan y dan cierre a éstos procesos históricos.
La pretensión de avanzar en la comprensión de estos fenómenos, debe ir acompañada por el abordaje de los procesos de configuración identitaria de la ciudadanía afrouruguaya, así como de las formas en las que este grupo étnico es representado por el imaginario colectivo. Todo ello en retroalimentación con la relación -siempre estrecha-que aúna la diversidad cultural a la desigualdad social.
Las formas que cobran los sentimientos de pertenencia del colectivo afrodescendiente forman parte central de su inclusión/exclusión de los diversos espacios de valoración social; en ese sentido interesa conocer qué caminos son los que conducen a la construcción de identidades étnicas empoderadas.
Autora: Lic. Valentina Brena
Grupo de Trabajo IV: “Antropología, sistemas educativos y matrices culturales: más allá de la integración y la exclusión. Campo de creencias y prácticas: indagaciones antropológicas sobre viejas (y nuevas) modalidades de pauperización socio-cultural.”

martes, 6 de noviembre de 2012

Talleres de Ejercicio de la Ciudadanía de las Mujeres Afrodescendientes

Fuente: MIDES - INMUJERES y UAFRO


         El Departamento de Mujeres Afrodescendientes (DMA) del Instituto Nacional de las Mujeres realizó en lo que va del año 11 sensibilizaciones en gran parte del país sobre género, dimensión étnico-racial, promoción de derechos y ejercicio de la ciudadanía de las mujeres afro, además del encuentro “Identidad y liderazgo, fortaleciendo capacidades”.

         En los departamentos de Artigas, Tacuarembó, Rivera, Cerro Largo, Salto, Montevideo, Rocha, Canelones y Maldonado se mantuvieron encuentros con casi 300 personas, realizados por los equipos Norte-Sur del DMA en coordinación con las Oficinas Territoriales del MIDES, las/os referentes del Inmujeres y con distintas instituciones locales como las Intendencias Municipales, SOCATs, Centros MEC, Organizaciones de la Sociedad Civil afros y no afros y con referentes barriales que han sido nexos claves para estas actividades.

         A partir de los materiales teórico-prácticos proporcionados por el DMA, los/as capacitadores/as de la Organización de la Sociedad Civil UAFRO trabajaron en torno a los objetivos propuestos de concientizar sobre qué significa ser mujer afrodescendiente, reflexionar sobre las distintas formas de discriminación y los obstáculos existentes para hacer efectivo el derecho a la participación política con el fin de proponer estrategias (desde lo personal, laboral, familiar y comunal) que permitan el asesoramiento y el ejercicio de los derechos como ciudadanas integrales, fortaleciendo al mismo tiempo el plano individual y colectivo.

         La diversidad de las participantes ha enriquecido los debates generados en torno a las temáticas planteadas. Han asistido desde adolescentes a adultas mayores; en su mayoría afrodescendientes aunque también no afrodescendientes; uruguayas pero también brasileñas, venezolanas y estadounidenses; con niveles educativos y profesiones sumamente variados.

         Como cierre del ciclo de sensibilizaciones, el 13 de octubre se realizó en Montevideo el encuentro “Identidad y liderazgo, fortaleciendo capacidades” dirigido a 25 mujeres que fueron seleccionadas en el proceso por su capacidad de liderazgo, apostando a que luego del mismo sean replicadoras de las capacidades adquiridas en su localidad.

Por más información:
Tel. 2400 0302 int. 1644 / inmujeresafro@mides.gub.uy
Referente de los equipos trabajando en territorio: Lic. Nancy Silva - silva.nancy28@gmail.com

Media Aprobación de Camara de Diputados - Ley de Acción Afirmativa para la Población Afrodescendiente


 
A F R O D E S C E N D I E N T E S

Normas para favorecer su participación en las áreas  educativa y laboral

 

Artículo 1º.- Reconócese que la población afrodescendiente que ha habitado el territorio nacional ha sido históricamente víctima de la discriminación racial y la estigmatización desde el tiempo de la trata y tráfico esclavista, acciones estas últimas que hoy podrían constituir crímenes contra la humanidad de acuerdo al Derecho Internacional.

La presente ley constituye un acto de reparación de la discriminación histórica reconocida en el inciso primero de este artículo.

Artículo 2º.- Declárase de interés general el diseño, promoción, implementación de acciones afirmativas -definidas como el conjunto de medidas legislativas, administrativas y de políticas púbicas- en los ámbitos público y privado, dirigidas a los integrantes de la comunidad afrodescendiente. Lo dispuesto tiene por propósito mitigar y contribuir a erradicar la discriminación de los actos que directa o indirectamente constituyen una violación a las reglas y principios contenidos en la Ley Nº 17.817, de 6 de setiembre de 2004, como modo de garantizar el pleno ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales e integrando la perspectiva de género.

Artículo 3º.- Interprétase que las acciones afirmativas definidas en el artículo 2º de esta ley, se encuadran en el cumplimiento de los artículos 7º, 8º y 72 de la Constitución de la República y en las normas internacionales de los derechos humanos, en tanto garantizan el pleno goce de los derechos reconocidos, la igualdad entre los habitantes de la República y los derechos y garantías que derivan de la personalidad humana.

Artículo 4º.- Dispóngase el 8% (ocho por ciento) de las vacantes laborales del Estado (Administración Central, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales) para las personas afrodescendientes.

Lo dispuesto en el inciso primero de este artículo regirá por el plazo de diez años contados desde la promulgación de esta ley, momento en el cual deberá efectuarse una evaluación de los impactos que esta medida ha tenido en el marco de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la presente.

Artículo 5º.- Encomiéndase al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) la inclusión de cupos para la población afrodescendiente en los diversos programas de capacitación y calificación que implemente.

Artículo 6º.- Todos los sistemas de becas y apoyos estudiantiles, a nivel nacional y departamental, deberán incorporar cupos para personas afrodescendientes en la resolución y asignación de las mismas.

         La Beca Carlos Quijano (artículo 32, de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006) asignará un 30% (treinta por ciento) del fondo para personas afrodescendientes.

Artículo 7º.- Agrégase al inciso tercero, del artículo 11, de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, el siguiente literal:

“g) incorporen a la plantilla de la empresa personal afrodescendiente. Los       proyectos de inversión declarados promovidos, computarán el incremento de dicho personal por una vez y media a los efectos de los beneficios a otorgar a la promoción del empleo”.

Artículo 8º.- Se considera de interés general que los programas educativos y de formación docente, incorporen el legado de las comunidades afrodescendientes en la historia, su participación y aportes en la conformación de la nación, incluyendo el pasado de esclavitud, trata y estigmatización de las mismas; promoviendo además la investigación nacional respectiva.

Artículo 9º.- Créase, en el ámbito del Poder Ejecutivo, una Comisión de tres miembros que estará integrada por un representante del Ministerio de Desarrollo Social, que la presidirá, uno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y uno del Ministerio de Educación y Cultura, el que tendrá a su cargo la ejecución del/los cometidos consagrados en los artículos anteriores.

Artículo 10º.- Todos los organismos públicos deberán realizar un informa periódico que explicite las acciones afirmativas establecidas en los artículos anteriores y llevadas adelante en el marco de sus competencias en el ámbito del empleo, la educación, el deporte, la cultura, la ciencia y la tecnología y el acceso a los mecanismos de protección; poniendo especial énfasis en los componentes de género, de la tercera edad, de niñez y adolescencia, y territorial en su caso.

Artículo 11.- El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley pudiendo solicitar la opinión a la Comisión Nacional y Honoraria de la Lucha contra el Racismo, la Discriminación y la Xenofobia, y a los actores vinculados a la colectividad afrodescendiente.
 
 Fuente: Sr. Alfredo Del Puerto por la comisión coordinadora de la Ley de Acciones Afirmativas para los Afrodescendientes.

viernes, 2 de noviembre de 2012

Capacitación de las Trabajadoras Domésticas

Fuente: MIDES - INMUJERES - Depto de las Mujeres Afrodescendientes

Temas:

1.    Género y dimensión étnico-racial

2.    Salud y Seguridad Ocupacional

3.    Autoconocimiento y Autoestima

4.    Derechos Laborales

5.    Comunicación y Negociación

Comienzo:

Martes 13 de Noviembre, 18 hs.

 

Inscripciones:

Ministerio de Desarrollo Social - Inmujeres/Área de Capacitación – Depto de las Mujeres Afrodescendientes

4 Martes a partir del 13 de Noviembre

 
Horario:

18hs

Teléfono: 24000302

Se entregará certificado de asistencia
 

Entidad capacitadora

Casa de la Mujer de la Unión

 Se priorizará la participación de mujeres afrodescendientes hasta en un 50%  
 

Comisión de Sitio de Memoria Caserío de los Negros

"Desde la Comisión de Sitio de Memoria Caserío de los Negros y la Secretaría de Equidad Étnico Racial y Poblaciones Migrantes, inv...